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Inscríbete al evento digitalEl 8 de junio de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la NOM-037-STPS-2023 mejor conocida como NOM-037, la cual establece las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo.
Listas de verificación, políticas, reversibilidad y desconexión, son algunos de los conceptos con los que las empresas deberán familiarizarse.
Por ello, te invitamos a seguir leyendo y conocer todo lo que debes saber si tienes trabajadores desempeñándose en lugar diferente al centro de trabajo.
¿Qué es la norma 037? ¿Cuál es su objetivo? ¿Para quién aplica esta nueva norma oficial? ¿Cuándo entra en vigor? En esta guía vamos a aclarar todo lo que necesitas saber sobre la llamada norma del teletrabajo.
La NOM-037 es la Norma Oficial Mexicana que establece las condiciones de seguridad y salud en los lugares en donde las personas bajo la modalidad de Teletrabajo realicen sus actividades.
Su objetivo es el de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral, por ello distingue y hace recomendaciones para evitar riesgos físicos, ergonómicos y psicosociales durante el desempeño de labores en teletrabajo.
En el Diario Oficial de la Federación se estableció que la norma entraría en vigor a los 180 días naturales posteriores, mismos que se cumplieron el 5 de diciembre de 2023.
La NOM-037 rige en toda la República Mexicana y aplica a todos los centros de trabajo que tengan personas teletrabajadoras.
Se considera que una persona labora en esta modalidad cuando trabaja más del 40% de su jornada en un sitio distinto al centro de trabajo.
Desde 2021, la LFT regula el esquema de teletrabajo en términos de obligatoriedad para establecer contratos por escrito, igualdad de salarios y prestaciones, respeto a la desconexión y pago proporcional de servicio. Conoce más sobre esto en «Nueva Ley del Teletrabajo en México: todo lo que debes sabes» |
La versión final que se publicó sobre esta norma, contempla 14 principales obligaciones para las empresas. A continuación te compartimos un resumen de ellos:
Nota: La confidencialidad de los datos contenidos en este listado es responsabilidad del patrón
Esta política deberá cumplir con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo o del reglamento interior de trabajo, según aplique.
De manera general, deberá promover la prevención de riesgos, la perspectiva de género y la conciliación de la vida personal; evitar el aislamiento; señalar obligaciones e igualdad de derechos y establecer mecánicas para informar cambios, entre otros.
La versión publicada ahora también menciona que en la política de teletrabajo se deberá considerar la duración y distribución del horario pactado, el derecho a las pausas para descanso, la desconexión y las pausas de lactancia, si es que corresponde.
Informar a los teletrabajadores y a la comisión de seguridad e higiene del centro de trabajo, sobre los riesgos relacionados con esta modalidad, y de la posible exposición a agentes y a factores de riesgo ergonómico y psicosocial.
A fin de que se cumpla con las condiciones en el teletrabajo, para evitar riesgos provocados por agentes físicos, factores de riesgo ergonómico o factores de riesgo psicosocial, así como cumplir con las medidas de seguridad e higiene establecidas por la Comisión Seguridad e Higiene.
Otorgar las facilidades para que la Comisión de Seguridad e Higiene valide la lista de las condiciones y la evaluación de los posibles riesgos, incluidas evidencias fotográficas o de video. Se puede optar por hacerlo mediante una visita previa autorización o proporcionar al colaborador la lista para su autoaplicación (la cual no significa el traslado de la responsabilidad, ni de la adecuación a cargo de su patrimonio).
Para corroborar la información se podrá solicitar al aspirante o teletrabajador, una comprobación a distancia por medio digitales.
5.1 La norma publicada contempla una segunda versión de la lista de verificación que servirá para aplicarla periódicamente y constatar la continuidad de las condiciones.
Recuerda. En caso de que el lugar propuesto por el aspirante a teletrabajador no cuente con las condiciones de seguridad y salud, no se podrá realizar teletrabajo.
Establecer y documentar el proceso de implementación de la modalidad presencial a teletrabajo y viceversa, que al menos, contemple: medios de comunicación entre ambas partes, condiciones en las que el teletrabajador asistirá al centro de trabajo, forma en que se supervisará el trabajo y manera en que se dará mantenimiento al equipo de cómputo o herramientas.
El empleador, deberá porporcionar al teletrabajador silla ergonómica o apropiada, insumos necesarios para su adecuado desempeño, aditamentos que garanticen condiciones ergonómicas o posturales.
Establecer y documentar programas, y la manera de proporcionar mantenimiento, en condiciones de seguridad, a los equipos para el manejo de la tecnología que se les proporcione a los teletrabajadores para el desempeño de sus actividades.
Proporcionar capacitación al menos una vez al año a los trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo.
Establecer mecanismos para la reversibilidad del teletrabajo a la presencialidad, cuando se informe de alguna condición, o alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, que justifique el regreso al trabajo presencial, o porque así convenga a sus intereses laborales.
Practicar los exámenes médicos que corresponda a los teletrabajadores de conformidad con lo previsto por la NOM-030 y dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo reportados, cuando se hayan sufrido en el lugar de trabajo, con motivo o en ejercicio de sus actividades, siempre observando los protocolos establecidos por las instituciones de seguridad social.
Compartir la documentación que resulte del cumplimiento de norma a la Comisión de Seguridad e Higiene, incluyendo según aplique: la lista de verificación de las condiciones; la validación de ésta; la evidencia fotográfica o de video; los listados que comprueben los bienes y equipo de cómputo proporcionados.
Estos deberán considerar, entre otras cosas, el retorno a la modalidad presencial de manera temporal o permanente.
La NOM-037 no solo pretende proteger las condiciones de seguridad y salud en el home office de cara a los colaboradores, sino que también establece sus obligaciones, lo que resulta de gran ayuda para las organizaciones.
Si tu empresa alterna colaboradores en teletrabajo y presenciales, recuerda que deberás atender también la NOM-035
La norma contempla los siguientes factores a considerar en el trabajo:
La NOM 037 incluye además una serie de recomendaciones para evitar lesiones musculares, articulares o de circulación, así como para seleccionar una silla ergonómica y posiciones para evitar lesiones.
La NOM 037 indica que el trabajador debe tener una área de trabajo que responda a las siguientes características:
Se deberá disponer de un lugar cómodo que evite que espalda, hombros o cuello acumulen tensión. Ese lugar de trabajo al menos debe contar con:
Para evitar riesgos por factores de riesgos psicosocial, la NOM 037 determina que se deberá garantizar:
Descarga esta lista y revisa todas las obligaciones que marca la nueva NOM-037:
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Disclaimer: la información contenida en el presente sitio web no constituye asesoramiento legal de ningún tipo por parte de DGNET Ltd (Pandapé). Este artículo no puede ser considerado como un consejo o recomendación legal. Si desea asesoramiento legal específico sobre los temas tratados en el presente documento, deberá consultar a un abogado.
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