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Leyes Laborales

Aportes del empleador en el Perú

Aportes del empleador en el Perú

Los aportes del empleador en el Perú representan un porcentaje de la remuneración económica de los trabajadores, por lo que juegan un papel importante para ellos tanto en temas financieros como de seguridad social. Pero, ¿Qué exactamente son estos aportes del empleador? A lo largo de este artículo, desglosaremos los aspectos más importantes que las empresas deben conocer sobre este tema para cumplir con los requisitos de la ley. Igualmente hablaremos de los aportes que son considerados “extras” y que pueden ayudar a atraer a nuevos colaboradores al hacer tu oferta de trabajo más competitiva. 

¿Cuáles son los aportes del empleador en el Perú?

Como mencionamos anteriormente, los empleadores en el Perú tienen la responsabilidad de llevar a cabo ciertas aportaciones a sus trabajadores. Estas contribuciones pueden ser tanto obligatorias como opcionales. Para cumplir con la ley el empleador tiene que cumplir con lo siguiente: 

Aportes del empleador determinados por la ley 

  • Aporte al Fondo Personal: Este constituye el 10% de la remuneración mensual de los colaboradores y está destinado a construir un fondo de pensiones para la jubilación.
  • Comisión por Administración e Inversión del Fondo de Pensiones: Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) cobran una comisión por gestionar y administrar los fondos de pensiones de los empleados. 
  • Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio: Este seguro representa el 1.74% de la remuneración mensual y tiene como finalidad cubrir eventos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, proporcionando protección adicional a los afiliados y sus beneficiarios en caso de fallecimiento o discapacidad.
  • EsSalud: corresponde al 9% de tu remuneración o ingreso mensual, el cual no podrá ser menor la Remuneración Mínima Vital (RMV). El aporte mensual a EsSalud no será descontado de tu remuneración, sino que será pagado completamente por tu empleador.

Es importante destacar que los porcentajes mencionados pueden variar y es necesario consultar la normativa vigente y la información proporcionada por la AFP correspondiente para obtener datos actualizados sobre los aportes del empleador específicos.

Aportes opcionales del empleador

Si bien los aportes obligatorios son establecidos por ley, los aportes opcionales son gestionados como parte de los beneficios que las empresas ofrecen a sus colaboradores para ser más competitivas al momento de atraer y reclutar nuevos trabajadores. 

¿Dónde y Cuándo se Deben Realizar los Pagos de Aportes del Empleador?

Los pagos de los aportes del empleador a las AFP en Perú se realizan a través del sistema de recaudación electrónica conocido como AFPnet. Este sistema permite a los empleadores efectuar los pagos de manera segura y eficiente.

Los plazos para efectuar los pagos varían según el tipo de colaborador:

  • Para empleados dependientes, el empleador debe pagar dentro de los 5 primeros días útiles del mes siguiente al que se percibieron las remuneraciones.
  • Para trabajadores independientes, el pago debe efectuarse durante los 30 días posteriores al mes de devengue.

Es fundamental cumplir con estos plazos, ya que el no pago de los aportes a la AFP puede resultar en un proceso de cobranza por parte de la AFP para recuperar la deuda.

¿Qué es una declaración sin pago?

En caso de que no sea posible cumplir con el pago oportuno de los aportes de los colaboradores, los empleadores deben presentar una Declaración sin Pago (DSP) a través de AFPnet. Esta declaración debe realizarse en los cinco primeros días del mes siguiente al período en el que se devengaron los ingresos. Es importante destacar que la presentación de la DSP no exime al empleador de la responsabilidad de pagar los aportes adeudados lo antes posible; simplemente, establece un compromiso de pago posterior.

Comprender y cumplir con las obligaciones legales relacionadas con los aportes del empleador en el Perú es fundamental para garantizar el bienestar de los trabajadores y el cumplimiento normativo de las empresas. 

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Disclaimer: la información contenida en el presente sitio web no constituye asesoramiento legal de ningún tipo por parte de DGNET Ltd (Pandapé). Este artículo no puede ser considerado como un consejo o recomendación legal. Si desea asesoramiento legal específico sobre los temas tratados en el presente documento, deberá consultar a un abogado.