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Ver ahoraEl pasado 24 de octubre, el Senado aprobó por unanimidad actualizar la Tabla de Enfermedades de Trabajo y la de Valuación de Incapacidades Permanentes luego de 53 años de no haberse hecho.
Pero, ¿qué se espera con este cambio y cómo será la nueva tabla? Enseguida te contamos los detalles.
Esta actualización tiene por objetivo establecer un marco legal renovado y responder a las nuevas necesidades y adaptarse a los cambios tecnológicos, científicos, de desarrollo industrial y laboral.
Entre los principales cambios a las tablas, destaca la incorporación de 88 padecimientos laborales, incluyendo el coronavirus, la endometriosis, padecimientos digestivos y enfermedades derivadas del estrés laboral, infartos al miocardio por exposición a químicos, las enfermedades como la pérdida del embarazo y se tomarán en cuenta las enfermedades de salud mental.
Además se agrupan 52 enfermedades laborales; se agregan 3 enfermedades de la mujer y se cancelan 3 fracciones de la tabla del Artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo.
La nueva tabla de enfermedades incluirá un total de 194 padecimientos científica y oficialmente reconocidos como consecuencia del desempeño de las actividades laborales.
Además de incluir los nuevos padecimientos laborales, se planteó publicar en el Diario Oficial de la Federación el Catálogo de las Cédulas para la Evaluación de las Enfermedades de Trabajo, un instrumento que ayudará a los médicos del trabajo para la evaluación y dictaminación de los padecimientos.
Además el proyecto también plantea establecer en la Ley Federal del Trabajo la responsabilidad de la STPS de revisar la tabla de enfermedades al menos cada cinco años o cuando se presenten investigaciones que lo justifiquen.
La Tabla de Valuación de las Incapacidades Permanentes contempla la parte, aparato u órgano del cuerpo que se ha visto afectado; la secuela del accidente o enfermedad de trabajo, y el porcentaje de incapacidad que resulte aplicable por cada tipo de padecimiento, facilitándole a los médicos del trabajo la calificación de los riesgos laborales.
En esta se concentran nuevos mecanismos de valuación para enfermedades como el VIH, los trastornos mentales, los cánceres de origen laboral, entre otros.
En la actualización de la tabla de enfermedades colaboraron 50 especialistas en seguridad y salud del trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), peritos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, profesionales de la Universidad Autónoma de México, del Instituto Politécnico Nacional y otros colegios.
La nueva tabla de enfermedades indicará la patología y los trabajadores más propensos a desarrollar cada padecimiento, indicando que “el riesgo de los trabajadores por la exposición al mismo, es mayor que el de la población general”.
Se contemplan cuatro niveles de riesgo:
La actualización de la tabla de enfermedades está alineada con la nueva Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que entró en vigor en febrero de este año.
Los grupos de enfermedades que registraron mayor aumento fue el de cáncer de origen laboral, pasando de 4 a 30 padecimientos; las enfermedades infecciosas y parasitarias (donde se encuentra la Covid-19), pasaron de 21 a 41.
En la categoría de enfermedades del sistema respiratorio se plantea agrupar las 50 patologías contempladas hasta ahora, en tan sólo 10 padecimientos; asimismo se pretende compactar de 18 a 6 el número de enfermedades de la piel y del tejido conjuntivo.
Aunque en el grupo de intoxicaciones únicamente se agregarán 9 patologías, con esto pasará a ser la clasificación con más padecimientos.
Por primera vez, se incorporan enfermedades de tipo psicosocial, derivadas del estrés de origen laboral, así como enfermedades del sistema digestivo, entre otras.
A pesar de que la NOM-035 está enfocada en identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, paradójicamente hasta ahora, las enfermedades asociadas a ello no estaban contempladas como patologías ocasionadas por las condiciones en las que las personas desarrollan sus actividades laborales.
Con base en ello y luego de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) incorporara el burnout como parte de su nueva Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11), era de esperarse que ocuparan un lugar en esta lista.
Así bien, por primera vez se contemplarán padecimientos de tipo psicosocial, tales como:
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Disclaimer: la información contenida en el presente sitio web no constituye asesoramiento legal de ningún tipo por parte de DGNET Ltd (Pandapé). Este artículo no puede ser considerado como un consejo o recomendación legal. Si desea asesoramiento legal específico sobre los temas tratados en el presente documento, deberá consultar a un abogado.
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